Tiempo de lectura: 5 minutos

Elecciones del 29 de noviembre: cómo votar por correo y qué diferencia hay entre votar en blanco y no votar

Elecciones del 29 de noviembre: cómo votar por correo y qué diferencia hay entre votar en blanco y no votar

5 de noviembre de 2026

 

Elecciones del 29 de noviembre: cómo votar por correo y qué diferencia hay entre votar en blanco y no votar

¿El día de las elecciones estarás fuera de tu ciudad, tienes que trabajar o no podrás acercarte a tu colegio electoral? El voto por correo te permite participar sin acudir presencialmente a tu mesa. Eso sí: debes solicitarlo y enviarlo dentro de los plazos establecidos.

De cara a las elecciones generales del próximo 29 de noviembre de 2026, repasamos cómo funciona este procedimiento desde España y aclaramos una duda frecuente: votar en blanco, votar nulo y no votar son opciones distintas y no se contabilizan de la misma manera.

Cómo solicitar el voto por correo

El primer paso es presentar la solicitud. Tienes hasta el 19 de noviembre, incluido, y puedes hacerlo de dos formas:

  • Presencialmente, en cualquier oficina de Correos. Debes identificarte con tu DNI, pasaporte o permiso de conducir original.
  • Online, a través de la web de Correos. Necesitarás un DNI electrónico o un certificado digital válido para identificarte y firmar la solicitud.

En ambos casos, tendrás que indicar la dirección donde quieres recibir la documentación electoral. Puede ser distinta de tu domicilio habitual: elige un lugar donde puedas recibirla durante esas fechas. La Oficina del Censo Electoral comenzará a enviarla a partir del 9 de noviembre.

Importante: solicitar el voto por internet no significa votar online. El trámite digital sirve para pedir la documentación; después tendrás que preparar tu voto y entregarlo en Correos.

Qué hacer cuando recibas la documentación

Recibirás las papeletas, los sobres y el certificado de inscripción en el censo, junto con las instrucciones para votar.

Introduce la papeleta que hayas elegido para el Congreso en su sobre de votación. Para el Senado, marca los candidatos que quieras elegir respetando el máximo indicado en la papeleta e introdúcela en el sobre correspondiente.

Después, coloca los sobres de votación cerrados y el certificado de inscripción en el censo dentro del sobre dirigido a tu mesa electoral. No introduzcas tu DNI ni una copia de este dentro de los sobres de votación. Sigue las instrucciones que acompañan a la documentación para evitar errores.

Hasta cuándo puedes entregar tu voto

El plazo para depositar el voto en una oficina de Correos termina el 25 de noviembre, dentro de su horario de apertura. El envío es certificado y gratuito.

Al entregarlo, tendrás que identificarte con un documento oficial. Si no puedes acudir personalmente, otra persona podrá hacerlo por ti presentando la autorización y la documentación que exige Correos.

Conviene tener clara una condición: si tu solicitud de voto por correo es aceptada, ya no podrás votar presencialmente en tu mesa electoral el 29 de noviembre, aunque finalmente no hayas enviado el sobre.

Este procedimiento corresponde al voto por correo desde España. Si resides o te encuentras temporalmente en el extranjero, existen modalidades y plazos específicos que puedes consultar en la web del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Votar en blanco: participas, pero no eliges candidatura

El voto en blanco es una forma de participar en las elecciones sin seleccionar ninguna candidatura. Es un voto válido.

Para votar en blanco al Congreso, debes introducir el sobre oficial de votación vacío, sin papeleta. En el Senado también se considera voto en blanco utilizar la papeleta oficial sin marcar a ningún candidato. No hace falta escribir nada ni introducir una hoja en blanco.

¿El voto en blanco va al partido que gana?

No. El voto en blanco no se suma a ningún partido ni deja escaños vacíos. Sin embargo, puede influir en la barrera electoral del Congreso.

Para entrar en el reparto de escaños, una candidatura debe alcanzar al menos el 3 % de los votos válidos emitidos en su circunscripción. Como los votos en blanco son válidos, aumentan el total sobre el que se calcula ese porcentaje. Esto puede dificultar que una candidatura cercana al umbral lo supere. Alcanzar el 3 % tampoco garantiza obtener un escaño: después se aplica el sistema de reparto.

Veámoslo con un ejemplo simplificado:

Situación en una circunscripción Total de votos válidos Votos necesarios para alcanzar el 3 %
10.000 votos a candidaturas y ninguno en blanco 10.000 300
10.000 votos a candidaturas y 1.000 en blanco 11.000 330

 

El ejemplo muestra únicamente cómo se calcula la barrera electoral, no cuántos escaños consigue cada candidatura.

No votar: qué significa abstenerse

La abstención consiste en no emitir el voto. En España votar no es obligatorio, por lo que una persona puede decidir no participar.

Quien se abstiene aparece reflejado en los datos de abstención, pero no aporta un voto válido ni aumenta el total utilizado para calcular la barrera electoral. Su ausencia tampoco se transforma en un voto para ninguna candidatura.

La diferencia principal es, por tanto, cómo se contabiliza cada opción: el voto en blanco cuenta como participación y como voto válido; la abstención queda fuera del recuento de votos emitidos.

¿Y el voto nulo?

El voto nulo es un voto que no cumple los requisitos legales para considerarse válido. Por ejemplo, introducir papeletas de dos candidaturas distintas al Congreso dentro del mismo sobre o utilizar un sobre que no sea oficial.

A diferencia de la abstención, cuenta como participación. A diferencia del voto en blanco, no se incluye entre los votos válidos ni en el cálculo de la barrera electoral.

Opción ¿Cuenta como participación? ¿Es un voto válido? ¿Cuenta para calcular la barrera del 3 % del Congreso?
Voto en blanco Sí Sí Sí
Voto nulo Sí No No
Abstención No No se emite voto No

Estas diferencias responden a las reglas del recuento electoral. Los resultados no permiten saber por qué una persona ha votado en blanco, ha emitido un voto nulo o se ha abstenido.

Las fechas que debes tener a mano

Si vas a votar por correo desde España, apunta estos dos plazos:

  • 19 de noviembre: último día para solicitarlo.
  • 25 de noviembre: último día para entregar el voto en Correos.

Antes de realizar el trámite, consulta la información oficial de Correos para revisar los requisitos, los horarios y cualquier actualización de los plazos.